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008 991125c2017 mx tr p o 000 0 spa d
035 _aUPN01000229450
040 _aMX-MxUPN
_bspa
_cMX-MxUPN
_eaacr2
049 _aART-E
100 1 _aCordero Arroyo, Graciela
_6- gcordero@uabc.edu.mx
100 1 _aSalmerón Castro, Ana María
245 1 3 _aEl servicio profesional docente y las licenciaturas en ciencias de la educación :
_belementos para el análisis
506 0 _aAcceso abierto
520 3 _aEntre las modificaciones legislativas que han acompañado a la nueva reforma educativa mexicana, el artículo 24 de la Ley General del Servicio Profesional Docente ha abierto la posibilidad de que nuevas profesiones con perfiles pedagógicos o afines se incorporen a las tareas magisteriales en los niveles de preescolar y primaria. La nueva disposición legislativa da por sentada una suerte de homologación de los perfiles profesionales de maestros normalistas y egresados de licenciaturas en educación o pedagogía. El texto que presentamos intenta, por un lado, dar cuenta de algunas de las razones lógicas y empíricas que resisten la posibilidad de afirmar tal homologación; por otro lado, avanza en la previsión de algunas de las consecuencias esperables de la aplicación de esta disposición jurídica. El análisis se ilustra con la revisión de los resultados de la convocatoria de ingreso al Servicio Profesional Docente de los egresados de la licenciatura en ciencias de la educación de una universidad pública estatal. RIES
653 0 _aReforma educativa
653 0 _aFormación inicial docente
653 0 _aCiencias de la educación
653 0 _aNormatividad
773 _gVol. 8, no. 23 (2017), p. 3-24
_tRevista iberoamericana de educación superior
_x2007-2872
856 4 _uhttps://www.ries.universia.unam.mx/index.php/ries/article/view/243
856 4 _uhttps://doi.org/10.22201/iisue.20072872e.2017.23.243
902 _aLeonor Sotres/031224
905 _aArticulo
942 _cART-E
999 _c201545
_d201545